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Trabajo en Altura: Normativa y EPP Obligatorios (Res. 61/2023) | H&S Consulting

24 ago
2 min de lectura

Las caídas de altura son una de las principales causas de accidentes graves y mortales en la industria y la construcción argentina. Por eso, la Resolución SRT 61/2023 —que complementa al histórico Decreto 911/96— reforzó las exigencias para cualquier tarea que se realice a 2 metros o más sobre el plano horizontal inferior.


¿Cuándo se considera "trabajo en altura"?

Toda tarea ejecutada a 2 metros o más de altura, donde exista riesgo real de caída de una persona, queda alcanzada por la normativa. Esto incluye trabajo en andamios, techos, plataformas elevadoras (PEMP), postes y silletas.


Qué exige la Resolución SRT 61/2023

  • Análisis de riesgo previo a cada tarea en altura.

  • Capacitación teórico-práctica obligatoria, dictada por profesional matriculado en Higiene y Seguridad (no alcanza con una charla teórica).

  • EPP certificado: arnés de cuerpo completo con certificación IRAM 3622 (el cinturón de seguridad está prohibido), líneas de vida y mosquetones certificados.

  • Procedimiento de Trabajo Seguro (PTS) documentado y revisado semanalmente.

  • Plan de rescate ante una persona suspendida, con equipos disponibles en el lugar.

  • Dispositivo antitrauma obligatorio en el arnés para tareas a 6 metros o más, para prevenir el llamado "síndrome del arnés".

  • Presencia de un responsable capacitado y designado durante toda la tarea.


Puntos que suelen fallar en las inspecciones

  • Arnés puesto pero sin engancharse al punto de anclaje.

  • Punto de enganche mal ubicado (debe estar a la altura dorsal, nunca frontal).

  • Arneses con más de 5 años de uso o que ya sufrieron una caída (deben darse de baja aunque no se vean dañados).

  • Falta de incorporación de las planillas de verificación de equipos al Legajo Técnico de la obra.


Si tu empresa tiene personal trabajando en altura —mantenimiento, construcción, logística con estanterías elevadas— conviene auditar hoy mismo el cumplimiento de la Res. 61/2023 antes de la próxima inspección.

 
 

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