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Exámenes Médicos Laborales: Preocupacionales y Periódicos | H&S Consulting

17 ago
2 min de lectura

¿Sabés que un trabajador no puede empezar a trabajar sin el examen preocupacional aprobado? La Resolución SRT 37/2010 ordena todo el sistema de exámenes médicos en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo, y su incumplimiento puede derivar en sanciones para el empleador.


Los 5 tipos de exámenes médicos obligatorios

  1. Preocupacionales o de ingreso: se hacen antes de que el trabajador comience sus tareas. Determinan si es apto para el puesto y fijan un "punto cero" de su estado de salud.

  2. Periódicos: buscan detectar tempranamente enfermedades profesionales en trabajadores expuestos a agentes de riesgo (Decreto 658/96).

  3. Previos a la transferencia de actividad: cuando un empleado cambia de puesto y queda expuesto a un nuevo riesgo.

  4. Posteriores a ausencias prolongadas: de carácter optativo, previos al reingreso.

  5. Previos a la terminación de la relación laboral (egreso): dejan constancia del estado de salud al finalizar el vínculo laboral.


¿Quién es responsable y quién paga?

El examen preocupacional es responsabilidad del empleador (puede convenirse con la ART). Los exámenes periódicos, en cambio, están a cargo de la ART o del empleador autoasegurado. En todos los casos, los exámenes son gratuitos para el trabajador: no se pueden descontar del sueldo.


¿Qué pasa si no se cumple?

Sin examen preocupacional, la empresa pierde la posibilidad de excluir incapacidades preexistentes (art. 6, Ley 24.557), quedando expuesta a asumir como laboral una dolencia que el trabajador ya tenía antes de ingresar. Además, la SRT puede sancionar el incumplimiento conforme a la Ley 18.695.


Declaración jurada de antecedentes médicos

La normativa vigente también exige que el trabajador complete una declaración jurada sobre enfermedades o antecedentes médicos conocidos al momento del ingreso, como respaldo adicional del legajo de salud.

Ordenar este circuito —desde el listado de expuestos hasta la nómina que se envía anualmente a la ART— es parte del trabajo que hacemos en H&S Consulting junto con el Legajo Técnico de tu empresa.

 
 

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