¿Quién Debe Firmar la Medición de Puesta a Tierra? Res. SRT 900/15
Si te pidieron el "certificado 900/15" para la ART, una habilitación o una inspección, seguramente te preguntaste quién lo puede firmar, cada cuánto se renueva y qué tiene que incluir. Te lo explicamos en simple.
Qué es el protocolo de puesta a tierra de la Res. SRT 900/15
La Resolución SRT 900/2015 hace obligatoria la medición de la puesta a tierra en los lugares de trabajo y la verificación de la continuidad de las masas, con un protocolo estandarizado. También incluye el control de los dispositivos de protección, como el disyuntor diferencial.
¿Quién debe firmar la medición de puesta a tierra?
La medición la tiene que realizar y firmar un profesional con matrícula habilitante e incumbencia en la materia, por ejemplo un profesional de Higiene y Seguridad o del área eléctrica matriculado en su colegio profesional.
Antes de contratar, pedí que el protocolo vaya firmado, con aclaración y número de matrícula, y que se adjunte el certificado de calibración del instrumento utilizado. Si la medición es para una habilitación municipal o para tu ART, consultá si exigen algún tipo de matrícula en particular.
¿Cada cuánto se renueva?
Los valores de la medición tienen una validez de 12 meses, así que el protocolo se renueva una vez por año. Además, se aconseja probar todos los meses el funcionamiento del disyuntor diferencial con su botón de prueba.
¿Qué se mide?
La resistencia de puesta a tierra de la instalación.
La continuidad de los conductores de protección y de las masas metálicas (tableros, máquinas, carcasas).
El funcionamiento del disyuntor diferencial: corriente y tiempo de disparo.
¿Qué pasa si la medición no da bien?
Si los valores no cumplen, la norma exige elaborar un plan de acción para adecuar la instalación. Lo importante es corregir rápido, porque una puesta a tierra deficiente es un riesgo real de electrocución para tu personal.
Cómo te ayudamos en H&S Consulting
Realizamos la medición de puesta a tierra, continuidad de masas y disyuntores según la Res. SRT 900/15, con protocolo firmado por profesional matriculado, en Rosario y Santa Fe.



